Es lo malo de los textos comentados, que a veces se escapa algun matiz.
Texto literal de la LEY 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el permiso y la licencia de conducción por puntos y se modifica el texto articulado de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
"Queda prohibido circular con menores de 12
años como pasajeros de ciclomotores o motocicletas,
con o sin sidecar, por cualquier clase de vía.
Excepcionalmente, se permite esta circulación a partir
de los siete años, siempre que los conductores
sean los padres o madres, tutores o persona mayor
de edad autorizada por ellos, utilicen casco homologado
y se cumplan las condiciones específicas de
seguridad establecidas reglamentariamente."
Las condiciones específicas de seguridad establecidas reglamentariamente se refieren a que otras normas de rango inferior a ésta, que es Ley (por ejemplo un reglamento) pueden precisar detalles adicionales (por ejemplo que los niños que viajen de "paquete" deban llevar un accesorio que les permita apoyar los pies en algún sitio, o que deban llevar algún tipo de respaldo, o lo que se le ocurra al legislador en el futuro) que serán de obligado cumplimiento en el caso de llevar a los críos en la moto.
Salvo mejor opinión, claro.
Saludos.Estadísticas: Publicado por ManuelZGZ — 06 11 , 2005 2:31 pm
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